Es la tercera norma de facturación, y la que más confusión crea. Afecta a las facturas entre empresas y autónomos (promotor, contratista, subcontrata) a partir de octubre de 2027 y 2028. Qué es, en qué se diferencia de Verifactu y qué hacer.
Llevar mi presupuesto a la facturaLa Ley 18/2022 (Crea y Crece) obliga a emitir en formato electrónico estructurado las facturas entre empresas y autónomos. Con el reglamento publicado el 6 de octubre de 2026, el calendario es: empresas que facturan más de 8 millones de euros, desde el 6 de octubre de 2027; el resto de empresas y autónomos, desde el 6 de octubre de 2028. En la construcción afecta a toda la cadena entre promotor, contratista principal y subcontratas. No sustituye a Verifactu (que regula el programa) ni a Facturae (facturas a administraciones): se suma a ellas.
| Factura | ¿Electrónica obligatoria? | Desde |
|---|---|---|
| Subcontrata → contratista | Sí | Según la facturación del emisor: 2027 (más de 8 M€) o 2028 |
| Contratista → promotor empresa | Sí | Ídem |
| Contratista → particular (reforma de vivienda) | No | La norma es entre empresas y autónomos |
| Contratista → ayuntamiento | Ya (Facturae) | Ley 25/2013 |
| Proveedor de materiales → contratista | Sí | Ídem |
La factura deja de ser un PDF: es un archivo (Facturae, UBL u otro admitido) que el receptor puede leer automáticamente.
El receptor debe informar de si la acepta, la rechaza y cuándo la paga. Es la parte pensada contra la morosidad.
Habrá una solución pública gratuita y plataformas privadas interconectadas. Tu programa de facturación se encargará del envío.
Nada: el presupuesto, la propuesta y la certificación siguen igual. Cambia cómo viaja la factura.
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Información general a noviembre de 2026, sin valor de asesoramiento fiscal o legal: consulta a tu asesor para tu caso concreto.
Desde el 6 de octubre de 2027 para empresas que facturan más de 8 millones de euros y desde el 6 de octubre de 2028 para el resto de empresas y autónomos, según el reglamento de la Ley Crea y Crece publicado en octubre de 2026.
No. Verifactu regula el programa que emite las facturas (2027). La factura electrónica B2B regula el formato y el intercambio de las facturas entre empresas (2027-2028). Son dos obligaciones distintas que conviven.
No. La factura electrónica obligatoria es entre empresas y autónomos. A un particular se le puede seguir entregando la factura en PDF o papel (emitida desde un programa Verifactu).
Sí. Las facturas de subcontrata a contratista y de contratista a promotor son entre empresas: entran en la obligación según la facturación de quien emite.
Nada en la factura, porque no la emite. Sigue preparando el presupuesto, la propuesta y la certificación y los envía al programa de facturación, que es el que tendrá que emitirla en formato electrónico.
Abre tu BC3 y envíalo a facturar sin teclearlo.
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