Inversión del sujeto pasivo en obras: cuándo se aplica y cómo se pone

En las ejecuciones de obra de construcción o rehabilitación entre empresarios, la factura va sin IVA: el que lo declara es quien recibe la obra. Es la duda más repetida entre contratistas y subcontratas, y el error más caro cuando se hace mal.

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La inversión del sujeto pasivo del artículo 84.Uno.2º.f) de la Ley del IVA se aplica a las ejecuciones de obra, con o sin materiales, que sean consecuencia de contratos para la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones, cuando el destinatario es un empresario o profesional (promotor, contratista principal o subcontratista). La factura se emite sin IVA, con la mención «Inversión del sujeto pasivo, art. 84.Uno.2º.f) LIVA», y el IVA lo declara quien recibe la obra.

Cuándo se aplica (los tres requisitos a la vez)

  1. Que sea una ejecución de obra, con o sin aportación de materiales, o una cesión de personal para ejecutarla. No vale un suministro puro de materiales ni un servicio de proyecto o dirección de obra.
  2. Que derive de un contrato de urbanización, construcción o rehabilitación de edificaciones. Una reforma que no llega a «rehabilitación» (por ejemplo, pintar o cambiar sanitarios) no entra, salvo que forme parte de la cadena de una obra que sí lo sea.
  3. Que el destinatario sea empresario o profesional actuando como tal: el promotor, el contratista principal o un subcontratista. Si facturas a un particular, nunca hay inversión.

Casos típicos

Quién factura a quién¿Inversión?Por qué
Subcontrata de fontanería → contratista principal, obra nuevaSíEjecución de obra dentro de una construcción entre empresarios
Contratista → promotor (empresa) de una promociónSíContrato de construcción
Contratista → particular que reforma su viviendaNoEl destinatario no es empresario
Almacén de materiales → contratistaNoEs una entrega de bienes, no ejecución de obra
Arquitecto → promotor (proyecto y dirección)NoEs un servicio profesional, no ejecución de obra
Reforma de un local para una empresa, sin rehabilitaciónDependeSolo si la obra cumple la definición de rehabilitación de la LIVA

Qué tiene que llevar la factura

Sin IVA

Base imponible sin cuota. No se pone «IVA 0 %»: se pone que no se repercute.

La mención legal

«Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al artículo 84.Uno.2º.f) de la Ley 37/1992 del IVA».

NIF del destinatario

Obligatorio, porque es quien va a autorrepercutirse el IVA.

La comunicación previa

El destinatario debe comunicar por escrito que actúa como empresario y que la obra cumple los requisitos. Guarda esa comunicación.

Cómo lo reflejas en el presupuesto y en la certificación

El presupuesto de ejecución material no cambia: el PEM, los gastos generales y el beneficio industrial son los mismos. Lo que cambia es la última línea: en vez de «IVA 21 %», la propuesta lleva «Sin IVA: inversión del sujeto pasivo» y el total coincide con la base. En BuildGets CLIENTE puedes dejar el IVA en 0 % y escribir la mención en las condiciones de la propuesta; en las certificaciones de STUDIO, cada certificación hereda ese criterio. Al enviarlo a Holded, la factura sale con el mismo tratamiento.

Errores que cuestan dinero

Repercutir IVA cuando hay inversión

El destinatario no puede deducírselo y Hacienda puede exigirlo igualmente al receptor. Toca rectificar la factura.

No repercutirlo cuando no hay inversión

El contratista deja de ingresar un 21 % que luego le reclaman con recargo.

Aplicarlo a particulares

Nunca. Un particular que reforma su casa paga IVA (21 % o 10 % si cumple los requisitos de reforma de vivienda).

Olvidar la mención

Sin la frase legal, la factura es defectuosa aunque el tratamiento sea correcto.

Información general a noviembre de 2026, sin valor de asesoramiento fiscal o legal: consulta a tu asesor para tu caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la inversión del sujeto pasivo en construcción?

Un mecanismo del IVA por el que, en las ejecuciones de obra de urbanización, construcción o rehabilitación entre empresarios, el IVA no lo repercute quien hace la obra, sino que lo declara quien la recibe. Está en el artículo 84.Uno.2º.f) de la Ley del IVA desde 2012.

¿Qué texto hay que poner en la factura con inversión del sujeto pasivo?

La factura va sin cuota de IVA y con una mención como «Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al art. 84.Uno.2º.f) de la Ley 37/1992 del IVA». Debe llevar el NIF del destinatario.

¿Se aplica a una reforma de vivienda para un particular?

No. La inversión del sujeto pasivo exige que el destinatario sea empresario o profesional. A un particular se le factura con IVA: 21 % en general o 10 % si la reforma cumple los requisitos de obras en vivienda.

¿Se aplica a las subcontratas?

Sí, es el caso más frecuente: el subcontratista factura al contratista principal sin IVA cuando la obra es de construcción o rehabilitación, y el contratista factura al promotor también con inversión si el promotor es empresario.

¿Cómo pongo la inversión del sujeto pasivo en un presupuesto de BuildGets?

En CLIENTE, elige IVA 0 % y añade la mención legal en las condiciones; el total de la propuesta coincide con la base. El presupuesto se envía a Holded con ese criterio para facturarlo.

El presupuesto, con el IVA que toca

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