El cliente se queda con una parte de cada certificación como garantía de que la obra se termina y se repara lo que falle. Es dinero tuyo que cobras tarde: conviene tenerlo bien pactado, bien calculado y bien facturado.
Llevar las retenciones en STUDIOLa retención de garantía es un porcentaje, normalmente el 5 %, que el cliente descuenta de cada certificación de obra y guarda hasta que termina el plazo de garantía (un año es lo habitual en obra privada; en obra pública la garantía definitiva es del 5 % del precio de adjudicación según la Ley de Contratos del Sector Público). Se descuenta de la base imponible de cada factura y se devuelve, con su factura, al final del plazo si no hay defectos.
| Obra privada | Obra pública | |
|---|---|---|
| Porcentaje habitual | 5 % (a veces 10 % en obras pequeñas) | 5 % del precio de adjudicación (garantía definitiva, LCSP) |
| Base | Cada certificación | Se constituye al adjudicar; puede retenerse de certificaciones si el pliego lo permite |
| Plazo | El de garantía pactado: 1 año es lo normal | El plazo de garantía del contrato, mínimo 1 año salvo excepción |
| Devolución | A petición del contratista, tras el plazo y sin defectos | Tras el plazo de garantía y el informe favorable |
La retención va sobre la base, antes del IVA. Si se retiene sobre el total con IVA, se retiene de más y descuadra la factura.
La devolución de la retención es una entrega sujeta a IVA: hay que emitir factura por el importe retenido más IVA.
Si no está en el contrato o en la propuesta aceptada, el cliente no puede retener. En CLIENTE va en las condiciones de la propuesta.
Con tres obras abiertas y doce certificaciones por obra, la retención acumulada se olvida. STUDIO la lleva por obra.
En CLIENTE, la retención de garantía se escribe en las condiciones de la propuesta junto a la forma de pago («retención de garantía del 5 % en cada certificación, devolución a los 12 meses de la recepción»), y el cliente la acepta con el resto. En STUDIO, cada certificación muestra lo certificado, lo retenido y lo pendiente de cobrar por obra.
Información general a noviembre de 2026, sin valor de asesoramiento fiscal o legal: consulta a tu asesor para tu caso concreto.
Un porcentaje de cada certificación, normalmente el 5 %, que el cliente guarda como garantía de la correcta ejecución y devuelve al terminar el plazo de garantía si no hay defectos.
Antes. Se descuenta de la base imponible de cada certificación y el IVA se calcula sobre la base ya retenida.
Al terminar el plazo de garantía pactado (un año es lo habitual en obra privada), si no hay defectos pendientes. Se factura la devolución con su IVA.
En obra privada, no: es una condición del contrato y solo se puede aplicar si está pactada. En obra pública, la garantía definitiva del 5 % es obligatoria por la Ley de Contratos del Sector Público.
Con BuildGets STUDIO: cada obra lleva sus certificaciones, lo retenido y lo pendiente de cobrar, y el PDF de cada certificación recoge la retención del periodo.
Lleva tus obras en STUDIO y no pierdas de vista ninguna retención.
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